Mediante una notificación de la Fiscalía Federal Distrito Salta.

Ministerio Público Fiscal, Procuración General de la Nación, República Argentina.

En el marco del caso Coiron 121139/23

Con investigación a cargo del suscripto vengo a solicitar a los manifestantes cese inmediato de actividades que implique,  acampe,  manifestaciones, concentraciones, obstrucción de vías terrestres y todo aquello que implique la libre circulación de los ciudadanos por la Ruta nacional n° 51 de la provincia de Salta.

Por cuanto las actividades que se encuentran llevando adelante el corte de la ruta nacional configura el delito previsto en el artículo 194 del código penal que establece;

_Sin crear una situación de peligro común impidiera  o entorpecer el normal funcionamiento de transporte por tierra agua o aire o los servicios de comunicación, provisión de agua, electricidad, será reprimido con prisión de tres meses a dos años.

El pedido que se efectúa desde este Ministerio público no implica desconocer el derecho a la protesta ni a peticionar pero el corte de las vías como la ruta 51 impide el derecho a la libre circulación.

Firma, Eduardo Jose Villaba

Fiscalía Distrito Salta.

 

 

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