El 8 de septiembre pasado le fueron levantadas la prohibición de acercamiento y de ingreso al domicilio familiar a un fiscal general de la Nación, imputado por los delitos de lesiones agravadas por violencia de género, daños, privación ilegal de la libertad y resistencia a la autoridad. La fiscal Penal 2 de Violencia Familiar y de Género, Luján Sodero, presentó un recurso de apelación.
La fiscal Penal 2 de Violencia Familiar y de Género, Luján Sodero, presentó ante el Juzgado de Violencia de Género 3, a cargo de Carolina Cáceres Moreno, un recurso de apelación en contra de la resolución por la que levantó la prohibición de acercamiento y de ingreso al domicilio familiar a un fiscal general de la Nación, imputado por los delitos de lesiones agravadas por violencia de género, daños, privación ilegal de la libertad y resistencia a la autoridad.
En dicha resolución, emitida el pasado 8 de septiembre, la jueza dictaminó: “Dejar sin efecto el segundo párrafo del punto I de la mencionada resolución, a saber: “Igualmente prohibir al denunciado, acercarse a la víctima, debiéndose mantener a una distancia de doscientos (200) metros, al domicilio particular y/o a los lugares donde esta concurra y de ingresar al domicilio”.
Teniendo en cuenta la evaluación de riesgo positiva para la víctima realizado por el Ministerio Público Fiscal y dado que ello “obliga al Estado a intervenir atento los compromisos internacionales asumidos a través de la Convención de Belém do Pará, que permiten afirmar que estamos ante la excepcionalidad que prevé la citada normativa en cuanto se trata de una cuestión de interés público que amerita y exige la actuación oficiosa de los operadores jurídicos en su obligación de prevenir, sancionar y erradicar la violencia de género, a la par que deviene imperativa la protección integral de la víctima”, la fiscal Luján Sodero presentó un recurso de apelación a la decisión tomada por el Juzgado de Violencia de Género.
El mismo recurso fue presentado por el Ministerio Público Pupilar.