La Cámara de Diputados dio media sanción al proyecto de Ley enviado por el Poder Ejecutivo que establece prorrogar para el Ejercicio Presupuestario 2.024 el Presupuesto General Ejercicio 2.023, Ley 8.363.
Al respecto, la diputada Patricia Hucena, presidenta de la Comisión de Hacienda y Presupuesto, indicó que la Constitución Provincial, y la normativa vigente, establecen los parámetros y lineamientos para la prórroga de un presupuesto con el fin de asegurar la prestación de servicios y la continuidad del plan de gobierno.
“Atravesamos un periodo de complejidades macroeconómicas y de incertidumbres con las medidas económicas implementadas desde Nación; la demora del tratamiento de un Presupuesto Nacional impacta directamente para proyectar un nuevo Presupuesto para el 2024”, señaló la diputada Hucena.
Asimismo, la legisladora subrayó que “la letra chica de Nación no la conocemos, entonces tengamos prudencia y responsabilidad, necesitamos tomar medidas urgentes y generar herramientas que ayuden al gobernador, para brindar una mejor calidad de vida para todos los salteños”.
Por su parte, la diputada Socorro Villamayor, presidenta de la Comisión de Legislación General, destacó que esta prórroga “es una herramienta constitucional, necesaria para el Ejercicio de la Administración del Estado”.
“Tenemos un presidente que ha marcado un nuevo rumbo para la Argentina, que lo determina con las primeras medidas económicas y el DNU presentado; estas primeras medidas han provocado ajustes en las gestiones de los provincias” remarcó la diputada Villamayor.
Por su parte, la diputada Sofía Sierra, presidenta del bloque PRO, se refirió a lo establecido por la Constitución provincial y las atribuciones y facultades del Poder Legislativo ante estas circunstancias, al tiempo que consideró necesario no prorrogar el actual Presupuesto General por lo que desde la bancada presentaron un dictamen de minoría proponiendo otro articulado a la normativa tratada.
El diputado Roque Cornejo, presidente del Bloque Ahora Patria, cuestionó el tratamiento de la prórroga considerando que la misma no debería realizarse mediante esta Ley, sino mediante otros mecanismos previstos en la normativa provincial.